Custodia

La guarda y custodia hace referencia al progenitor con el que el o los menores convivirán. Distinto de la patria  potestad. 

Esta guarda y custodia, podrá ser ejercida por uno o ambos padres, teniendo siempre derecho el progenitor no custodio, a un régimen de visitas que le permitan mantener el contacto con el menor. 

El principal eje de la guarda y custodia es, como en cualquiera de los aspectos de un divorcio, el interés de el o los menores. Por tanto, dependerá siempre de esto, que sea de carácter compartido o ejercida por un solo padre, también llamada monoparental. 

Si bien es cierto que los casos de guarda y custodia compartida suponen mas cuestiones a reglar, tales como el domicilio en el que vivirán los menores, la pertinente cercanía que el de  cada uno de los padres ha de tener con respecto al entorno habitual del menor… etcétera, ésta es sin duda la que mas conviene a los intereses de los hijos, pues no ven mermada su relación con ninguno de los dos progenitores, y les permite continuar con su relación familiar de una forma lo mas parecida posible a la que venían teniendo hasta entonces.